Ir al contenido principal

6 de Diciembre: Día del Monopoly.


Hoy no es el día de la Constitución. Y es que el 2 de Septiembre ésta fue prostituida por ese bipartidismo reinante en éste de Taifas aceleradamente reformada (¿Reformada, si éso es la hostia de complicado?) a toque de los mercados y de todas esas manos que tensan esta frágil cuerda del estado de las cosas en un occidente cada vez más cristiano...

Está claro que en mitad de tanta fragilidad, el margen de quienes se autoadjudican poder, por la vía de la costumbre o de la retórica normativa, o por ese empeño en creerse representantes democráticos, y ante el miedo colectivo, granjean a sus anchas sin obstáculo alguno que remedie nuestros más viscerales ascos. Y todo tiene un límite. Y la respuesta de los oprimidos, se justifica en los límites. Si no, tiempo.
Entre ellos se reparten medallas, autoconfeccionan encuestas, viajan a cara de perro a Taiwán, Malta, Bruselas o Bormujos, donde haga falta y amparados en esa idea de creerse inmunes. Con un acuerdito, con cuatro papeles a firmar por quién sea, con mandar al tio de la gabardina que se quede en la parte de atrás para luego informar, tienen bastante en esa no exposición que manche sus inmaculadas respuestas a riesgo de ser éstas refutadas sino arrancadas de la garganta. Pero todo tiene su límite. Si no, tiempo.

No es época de vivir tranquilos. No. Nadie. Cuando todo se dé por perdido, a lo mejor la respuesta, al límite, es la menos esperada por cualquiera de éstos que ahora puedan seguir sintiendo que manejan el escenario. No es una sola voz la que hay ahora que callar en este juego "de familia".

Este tablero se ha convertido, por las reglas que definen este juego, en algo "tan simple" como el del Monopoly, más antiguo que, incluso, nuestra carta magna. Y es por lo que en esta sencillez de reglas, donde vale todo, todos hemos aprendido a jugar con tal virtuosismo que podriamos sorprender al  más pintado comprando ese Hotel de la esquina donde todo el mundo caiga y el precio sea el diezmo que ahora nosotros planteemos. Y que lo mismo pueda estar en la C/ Murcia, como en la C/Badajoz, C/Córdoba o C/Jaén. Luego vendrán otras por esa vía de la Colegiación Obligatoria que, si no, tiempo, les ha de salir cara. Ya hay quien en petit comité y entre intervención e intervención, se cuestiona muy mucho la idoneidad de ese empeño déspota de plantear ese paso por caja que les puede reventar en las narices. Si no, tiempo. Que paradójicamente, juega a nuestro favor...


Comentarios

Entradas populares de este blog

“CIENTIFICISMO DE ESTADO vs SINDICALISMO CIENTÍFICO”

“ CIENTIFICISMO DE ESTADO vs SINDICALISMO CIENTÍFICO” A propósito de las Elecciones SEMES-A 2009 (Sevilla 16 de Octubre) Anhelo de “poder” y control Es evidente y no hace falta discurrir mucho para entender que, nuestra vida profesional, laboral y muchas veces de relaciones (incluido incluso nuestro tiempo de ocio, algunas veces “sacrificado” a perpetuar relaciones en una esfera distinta a la ociosa, personal e individual y perteneciente más a lo social y compartido), se encuentra y discurre en “campos” donde se compite por el control de cada uno de estos “anillos sociales” donde desarrollamos nuestra vida; Además, si en éstos se vislumbran “especies de capital”, poder económico, cultural, docente, simbólico o de representatividad, el anhelo no solo por la pertenencia, sino por el control, es claro, buscado y perseguido. En nombre de la dignidad si es que

Boris Brejcha - Adam Beyer - Hidden Empire - OC & Verde ◆ Techno Legion ...

La orden de dispensación enfermera y los dolores de cabeza.

Ayer, en la Comisión Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS), se acordó la entrada en vigor dentro de seis o siete meses del Real Decreto de receta médica y órdenes de dispensación hospitalaria y enfermera. Este Decreto se autoafirma en eludir la calificación de "receta enfermera" y en su apartado de definiciones deja bien claro que la orden de dispensación no es ni debe parecerse a la receta médica, a la que vuelve a adjudicar su uso exclusivo por parte de médicos, odontólogos y podólogos: La orden de dispensación a la que se refiere el arttículo 77.1, párrafosegundo de la ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, es el documento, de carácter sanitario, normalizado y obligatorio mediante el cual los profesionales enfermeros, en el ámbito de sus competencias, y una vez hayan sido facultados individualmente mediante la correspondiente acreditación, indican o autorizan, en las condiciones y con los requis