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Más dura será la caída...

A las ya varias sentencias del Tribunal Supremo alrededor de esa supuesta legalidad representante de por vida de D. Maxi, que esperemos no tarde en ejecutarse de una definitiva vez sin más mareos de la píldora, se une otra ayer del Tribunal Constitucional que plantea la incostitucionalidad de parte del artículo 35 de la LOPS y varios convenios del año 2002 entre Ministerio de Sanidad y Corporaciones Colegiales, tanto de enfermeros como de algunas otras profesiones sanitarias y con relación a la potestad  de delegación del Ministerio de la acreditación de la Formación Continuada a estas corporaciones de privilegio administrativo. No quedando a éstas, ahora, más cáscaras que negociárselas con las CCAA para seguir manteniendo, al menos en el sector público, el chiringuito que tienen desde hace años montado con el tema de esa acreditación, y que les ha propiciado sacar cursos como churros de los acreditados CfC y con los que supuestamente se han puesto las botas.

Es de esperar que ahora, si existe un mínimo de decencia y de clarividencia en esas CCAA, les corten de una vez el grifo. Más en aquellas donde estos años no se ha evidenciado buen rollo ni interlocución válida alguna que no sea otra que el guardar las apariencias protocolarias que en ciertas esferas son de exigencia diplomática y en ese saber estar para luego apuñalar discursos en petit comité, y donde además existe y se ha montado instrumento acreditador propio...

Se desprenden de esta sentencia otras cuestiones más interesantes, y alrededor de ese tema que en la última época es la avanzadilla de discurso al que ahora, despues de años, desde sindicatos hasta sindicaleros, se suman. Y que no es otro que el de la prescripción enfermera. En concreto ese planteamiento aún por dilucidar de acreditación de la misma y de diseño de supuestas líneas de formación para posibilitar a la enfermera hacer lo que lleva años haciendo y que fue el tema de fricción que volcó el borrador de Decreto de desarrollo de la misma para todo el SNS, en la última Comisión del Consejo Interterritorial de Diciembre pasado, a pesar de que la Ley de modificación 28/2009 de la disposición adicional Duodécima de la 29/2006 del medicamento plantea que sería el Ministerio el que para todo el Estado acreditaría a las enfermeras en ese regalo de prescripción de pañales y paracetamol y para su participación protocolaria y colaborativa en lo que se fuese disponiendo, y disponiendo por D. Maxi.

Si una sentencia del TC plantea la exclusiva potestad de acreditación en materia de formación continuada para las CCAA. Formación no académica ni ligada su exigencia más que a la voluntariedad de llevarla a cabo por el profesional y ajena a posibilitar ejercicio profesional alguno, ¿Qué la diferencia de ese planteamiento de acreditación para el tema de la prescripción?. ¿Qué valor tiene ahora ese curso de prescripción planteado por el CGE y que se empeñan en vender antes de tener concretado todo su desarrollo?. ¿Quién debe acreditar entonces esta cuestión y si es que además ya en alguna Comunidad esto está decretado y legislado con unas líneas de implementación y formación perfectamente diseñadas y ligadas a la vez a una idea de operatividad funcional del Sistema, y si acaso, como suma a una nueva definición competencial de los profesionales ligada a prácticas avanzadas donde la prescripción de medicamentos es una herramienta más, y no la meta ni el objetivo?. Aparte de todos los cuestionamientos que alrededor del descubrimiento de la enfermera como un nuevo "agente fiscalizador" del gasto farmacéutico para esos mismos sistemas, se nos puedan también ocurrir.

No tengo claro si la definitiva pronunciación de la Audiencia Nacional sobre esta sentencia publicada ahora en BOE, portará a la vez algún tipo de planteamiento de retroactividad, o simplemente encerrará un "a lo hecho pecho", que dé por bien operado todo ese ingente negocio de los últimos años. Ya que de lo contrario, el escándalo y las consecuencias podrían ser mayúsculas. Si es que a cualquiera se le ocurriera impugnar baremos sustentados en cursos ahora despojados de supuesta acreditación y con ello chafar bolsas de trabajo, convocatorias de oferta pública de empleo, contratos, etc... 

Esperemos que en esa línea de transparencia que el CGE y el Ministerio manejan en todos los temas y visto lo bien informados que nos tienen a los profesionales, no tarden en calmar las aguas. Hoy ya, la Corporación Colegial Médica, ha sacado su nota en la que se duele de esta sentencia y se oferta desde ya a todas esas CCAA que ahora van a tener que ser sus interlocutores para mantener chiringuito en el sector público (Qué remedio¡¡). En este sentido y viendo que esa estela siempre ha sido seguida por el CGE, no deberían tardar en pronunciarse. Los profesionales necesitan saber de todas estas cuestiones. Saber en qué gastan su tiempo y su dinero. Sus expectativas. Su motivación y quién y en quiénes tienen depositada su confianza: No siendo así, jamás esta profesión saldrá del letargo inmovilismo al que, poco a poco, hemos descubierto en su origen y responsables. Viendo lo que hay, nos aventuramos en anunciar que más dura será la caída. Más ahora que, aparte, el CGE no tiene director válido de orquesta y por sentencia firme. Aunque a la vista está que en este país la justicia parece soplar con indiferentes direcciones e incidencias y a la hora de ser acatada y respetada.

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