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Prescripción enfermera: Una mentira "de pies" a cabeza.

“Prescripción” enfermera: Mentira de “los pies” a la cabeza. Antonio J. Valenzuela Rodríguez. Enfermero DCCU SSPA. Es falso, radicalmente falso desde todo punto de vista, que la Enfermera pueda "prescribir" medicamentos una vez aprobada la modificación pretendida en la Ley del Medicamento; ni siquiera "indicar" medicamentos. En todos los casos, ésto último lo podría hacer "mediante la aplicación de “protocolos y guías de práctica clínica y asistencial”; y ello siempre que lo regule el Gobierno y en consenso con los médicos. Consenso al que no están dispuestos. Lo que realmente dice la modificación de la Ley 26/2009 del Medicamento Lo que la modificación de la Ley del medicamento dice es que "los Enfermeros, de forma autónoma, podrán indicar, usar y autorizar la dispensación de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación". ¿Cuáles son los medicamentos sujetos...

Quien hace la Ley, hace la trampa: "Prescripción" enfermera:

Quien hace la Ley, hace la trampa: “Prescripción enfermera”. Antonio J. Valenzuela Rodríguez. Enfermero DCCU SSPA. El Consejo General de Enfermería (CGE) anunciaba a finales de 2009, a bombo y platillo, la legalización de la supuesta “prescripción enfermera”, elevando el hito a los cielos y de la mano de su presidente, “divinidad” ya consagrada en la misma esfera de la memoria de Florence Nightingale, según ese mismo entorno del CGE. (1) . La Ley 28/2009, de 30 Diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de Julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (2) , viene a definir el entorno de “indicación, uso y autorización (que no prescripción), de forma autónoma por parte de los enfermeros, de todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica y los productos sanitarios, mediante la correspondiente orden de dispensación (que no receta)”. Esta misma Ley plantea, sin unos plazos concretos y como se recogía en la misma antes de esta modificac...

El SSPA realiza el primer transplante de jeta.

¿Inmigrante?. ¿Extranjero?

Lea las instrucciones de este medicamento y... ¿"consulte a su enfermera"?.

Se constata, en l a Ley 28/2009, de 30 Diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de Julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios , que de forma autónoma, la enfermera podrá indicar, usar y autorizar todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica, pudiendo ser clasificados como tales “ todos aquellos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios entienda que vayan destinados a procesos o condiciones que no necesiten un diagnóstico preciso y cuyos datos de evaluación toxicológica, clínica o de su utilización y vía de administración no exijan prescripción médica, de modo que dichos medicamentos puedan ser utilizados para autocuidado de la salud, mediante su dispensación en la oficina de farmacia por un farmacéutico, que informará, aconsejará e instruirá sobre su correcta utilización” (art.19.4 sobre las condiciones de prescripción y dispensación de medicamentos de la Ley 29/2006). Artículo y texto que en ningún mo...

La prescripción a bombo y platillo

El CGE ha anunciado a bombo y platillo la supuesta aprobación de la modificación de la Ley 29/2006, y que se supone desarrollará la "prescripción enfermera". No nos engañemos. El CGE ha dado de nuevo bombo y platillo a una supuesta legalización de algo etéreo. Si no, tiempo al tiempo: El plazo de un año que el Gobierno se concedía en textos anteriores y que ahora no reflejan las últimas redacciones, es un supuesto año que el Ministerio de Sanidad y Política Social se concede a sí mismo para regular no la capacidad prescriptora enfermera, como se sostiene desde los distintos cantos de sirena, sino para la revisión de la clasificación de los medicamentos de uso humano que han de dispensarse con o sin receta médica (redacción de error advertido en el inicial texto de la Ley 29/2006). De lo que dependerá la determinación de qué medicamentos y productos caben en la expresión "indicación, uso y autorización", que no "prescripción", término que en ningún momento...

Felices Pascuas.

Otro año que concluye y en el que hemos seguido manteniendo nuestro discurso: el del trabajo, la dedicación, la empatía y las relaciones interpersonales. Así podríamos definir de nuevo esta última época en que hemos relajado las formas y las maneras, a pesar de que impertubablemente seguimos identificando a los mismos en identicas situaciones de poder, que son las que azotan la coherencia gestora y organizacional. El grupo de personas y de compañeros que las circunstancias me han hecho conocer y con los que convivir este último año, me hacen sentirme a la vez contento y agradecido por seguir teniendo la oportunidad de trabajar lo que nos gusta. Sigamos pues, y espero que el año que viene sea al menos como este que acaba. Un saludo.