Se constata, en l a Ley 28/2009, de 30 Diciembre, de modificación de la Ley 29/2006, de 26 de Julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios , que de forma autónoma, la enfermera podrá indicar, usar y autorizar todos aquellos medicamentos no sujetos a prescripción médica, pudiendo ser clasificados como tales “ todos aquellos que la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios entienda que vayan destinados a procesos o condiciones que no necesiten un diagnóstico preciso y cuyos datos de evaluación toxicológica, clínica o de su utilización y vía de administración no exijan prescripción médica, de modo que dichos medicamentos puedan ser utilizados para autocuidado de la salud, mediante su dispensación en la oficina de farmacia por un farmacéutico, que informará, aconsejará e instruirá sobre su correcta utilización” (art.19.4 sobre las condiciones de prescripción y dispensación de medicamentos de la Ley 29/2006). Artículo y texto que en ningún mo...
Comentarios
Lo cierto es que la legalidad o no de todo esto la deciden los tribunales y eso pues ya se ve lo que tarda... otros 5 años.
La pena es, como indiqué en esa entrada, que no se entró a desentrañar los "cómos" de esos apoyos supuestamente fraudulentos...
No entiendo bien la campaña... Hacia "donde" apuntamos las entradas; a esta entrada? Ya me dirás.
Son muchos Blogs ya los de autoría enfermera, e intuyo que mucha gente la que tiene ya un perfil en FaeBook, en Twitter, etc,y otra mucha la que accede a esos espacios, como para dejar reflejo de que no vivimos de espaldas a lo que no deja de ser una enorme mentira y basurero donde se coleccionan ya un montón de temas.
Redirecciona aquí o símplemente "comparte" el post si te apetece o es de recibo... así se ha hecho ya con algunos otros temas 2.0 planteados en la última época ¿No?. Pues esta es una cuestión de "Insalubridad 2.0 Pública" que merece la pena difundir.
Evidentente, lo que se cuajen los Colegios y su entorno, no es más que compartido con ese entorno. Los colegiados son para pagar la cuota y mantener chiringuito y estatus...o es que a tí si es que estás colegiado te han ido informando de todos estos movimientos?. Gracias por tu comentario. Un saludo.